Historia de Moraira - Parte 1

 

Partición del termino del Castell de Calpe y Delimitación de los Terminos de Calpe, Benissa y Teulada-Moraira

 

     El documento que tienen en sus manos, causa de la conmemoración que hoy realizamos, supone un hito transcendental en la historia de nuestros pueblos. En primer lugar supone la ruptura y desaparición de la división administrativa musulmana vigente en nuestra zona y en segundo lugar, marca las delimitaciones territoriales que permanecerán desde su origen, en ese momento, hasta la actualidad.

     Olvidemos la población urbana de las taifas valencianas y centrémonos en el mundo rural. Este, durante el período musulmán, mostraba una estructura diferente a la típica del mundo medieval cristiano. Salvo las grandes urbes que cuentan con una población concentrada dentro de sus límites, en el resto encontramos a los agricultores en un hábitat, no completamente disperso, sino asentados en alquerías, que en ese período son pequeños centros de población, lo que hoy denominamos aldeas, dependiendo administrativamente y militarmente de un ente más amplio, el "castillo". Este, como afirma Guichard y podemos comprobar por los numerosos restos arqueológicos existentes en nuestro país, presenta varios tipos, de todos ellos nos interesa uno en concreto, no aquel que incluye una serie de construcciones complejas, donde se encuentra la residencia señorial con una guarnición militar permanente, sino ese otro modelo que simplemente consta de un amplio recinto defensivo, con murallas y aprovechando las incidencias del terreno, encontrándose en su interior un gran aljibe y puede que alguna aislada construcción que sirve como almacén de granos, o de residencia de una diminuta guarnición.

     Este tipo de castillo, que tiene su influencia sobre una importante área poblada de dispersas alquerías, es el denominado "castillo de Calpe", que servirá de refugio a las pequeñas poblaciones en un momento de peligro.

     Debemos imaginar, por tanto, un mundo agrícola recogido en pequeños centros de población, las alquerías, que en caso de amenaza son abandonadas momentáneamente, y cuyos habitantes, junto con sus enseres más preciados y ganados, se concentran en el castillo.

     Por tanto, cuando antes y después de la conquista cristiana encontramos denominaciones como el castillo de Pego, el de Gallinera, Alfandech, Penáguila o Calpe, las fuentes se están refiriendo a ese recinto defensivo y su término que engloba a un cierto número de pequeños centros poblados o alquerías.

     Esta denominación de origen musulmán y que supone una forma característica de poblamiento se mantiene durante largo tiempo después de la incorporación al mundo occidental por la conquista de don Jaime I.

     El "Castillo de Calp" ó "el termino del Castillo de Calpe" engloba una área geográfica, en la que durante el siglo XVIII y parte del XIV sólo encontramos alquerías como Teulada-Moraira, Benissa, Canuta, Lomber, Benimanyunt, Lleus, Albinyent, Senija, etc... Todas en las mismas circunstancias más o menos. Con el tiempo unas desaparecieron, como el caso de Lomber, Paratella, etc.., otras perdieron su población pero ha quedado en la memoria como partidas rurales, tal como Canor, La Canuta, Benimanyunt, etc... Y por último, las menos, bien por el tiempo, bien por su situación geográfica, el interés señorial o por sus pobladores, evolucionarán hacia núcleos de población de relativa importancia. Este es el preceso que sufrirán Calpe, Benissa y Teulada-Moraira a partir de la segunda mitad del siglo XIV.

 

 

     El único intento de nueva población, creada a partir de los deseos de la monarquía y después de los señores, que se da en el "castillo de Calpe", fracasó estrepitosamente; nos referimos a Ifac.

     El aumento paulatino de la población y la complejidad de la sociedad ocasionaron la necesidad de una división territorial. El "termino del castillo de Calpe" era algo demasiado vago para las necesidades del momento. Calp, Benissa y Teulada-Moraira necesitarán, para su buen desenvolvimiento, un gobierno municipal propio y un territorio bien marcado que les pertenezca. Como consecuencia lógica del progreso, se planteó la necesidad de la división del "termino del castillo de Calpe". Se trata de un proceso lento, iniciado varios años antes de su último capítulo, el que hoy conmemoramos.

     Ya hemos comentado el fracaso de los distintos intentos de lograr una población estable en Ifac. En el año 1.344, debido a la inseguridad del momento por los continuos ataques de los piratas musulmanes y su cercanía a la costa, gran parte de los que tenían casa y haciendas en Ifac las han abandonado, y han optado por buscar lugares más seguros, alejándose del litoral, algunos en Calpe, un poco más alejado de costa aunque la mayoría de los antiguos pobladores del Peñón de fueron a instalarse en la alquería de Benissa, hecho que permitirá a ésta su despegue y posterior desarrollo al aumentar considerablemente su población en relación a las demás alquerías del término. A partír de ese momento Benissa se convierte en el centro más populoso del "Castillo de Calpe".

     A mitad del siglo XIV, concretamente en el año 1.355, el "término del Castillo de Calpe" pasó a formar parte de un importante señorío, tanto por su extensión, el Condado de Dénia, que comprendía las dos Marinas, como por los señores que ostentan su dominio, el hijo y nieto del Infante Pedro, conde de Ribagorza, cuarto hijo del rey don Jaime II.

      Don Pedro recibió de su padre Dénia y Gandía, a los que poco después añadía los territorios que habían estado bajo la señoría del almirante Bernat de Sarriá, de esta forma quedaban bajo su poder todas las tierras desde Dénia a la Vilajoiosa y Callosa, salvo un pequeño territorio, que precisamente era el del "castillo de Calpe", que estaba en manos de la heredera del otro gran almirante Roger de Lluria. Por donación postmorten, los bienes de doña Margarita de Llauria pasarón a la Corona, es decir, a don Pedro el Ceremonioso. Este, sumamente agradecido a su tío, en esos momentos su principal consejero, a pesar de lo establecido en el testamento de la condesa de Terranova, arregló el asunto de manera que estos dominios pasaran también al infante, pero éste ya había decidido su futuro, que era el abandono de la Corte y de sus bienes para ingresar en la Orden Franciscana.

     Antes de su entrada en religión, don Pedro repartió sus numerosos bienes entre sus hijos. Fue así como don Alfonso, primogénito del Infante, recibió el pago de los servicios prestados a la Monarquía por su padre. Pedro el Ceremonioso le nombró Conde de Dénia, incluyendo dentro de sus límites el "castillo de Calpe", con todas sus alquerías y pertenencias.

     Don Alfonso de Aragón, primer Conde de Dénia, se convirtió en uno de los señores feudales más poderosos de la corona catalana-aragonesa, primeramente por su condición de miembro de la Casa Real catalana, nieto y primo de reyes; y por la gran extensión de sus dominios. Don Alfonso había heredado de su padre el Condado de Ribagorza, Gandía, Dénia, Ayora y Cortes. Por su matrimonio con doña Violante de Arenós, incorporó a su señorío la Baronía de este nombre.

     El conde de Dénia participó activamente en la guerra civil castellana en apoyo de Enrique de Trastamara. En Nájera, las tropas de don Enrique sufrieron una importante derrota a manos de los aliados de don Pedro el Cruel, los ingleses y brogoñones. Don Alfonso fue hecho prisionero y tras complicadas negociaciones consigue su libertad a cambio de entregar como rehén a su hijo don Alfonso, conocido por el Jove, para diferenciarlo de su padre. Alfonso el Vell. Finalmente, don Enrique logró la corona castellana y agradecido al Conde le hará entrega del Marquesado de Villena.

     Alfonso el Joven permaneció más de 20 años en poder de los ingleses y borgoñones, esperando que su padre llegara a un acuerdo e hiciera efectivo el pago del rescate fijado finalmente entre las dos partes. Este hecho afectará enormemente a los habitantes de los dominios paternos, ya que de forma sistemática y durante todo el periodo, todos los lugares pertenecientes a Alfonso, tendrán que hacer frente al pago de contribuciones especiales destinadas al pago del rescate del heredero.

     Paralelamente a los problemas señoriales, la propia dinámica de la nueva sociedad cristiana, que tiene a la concentración de la población, unidos a los numerosos problemas internos y externos que caracterizaron el siglo XIV, favorecen el cambio que experimenta la región. Las numerosas poblaciones musulmanas existentes en el momento de la conquista han reducido su número, la población cristiana que acude lentamente, y que en un principio es minoritaria, buscará en la unidad y la concentración el contrarrestar su menor volumen.

     A partir de 1.350-1.360 encontramos en la documentación que los centros que luego pedirán la división territorial están ya perfectamente desarrollados y con una mayoría de población cristiana. A partir de estos momentos hay una clara diferenciación entre los "lugares" de Calpe, Benissa y Teulada-Moraira y el resto de alquerías, que en la mayoría de los casos aparecen como anónimas. Los tres pueblos parece que se han repartido las funciones de tutela y control sobre las restantes poblaciones. En el año 1.368 la máxima autoridad civil del término reside en Benissa, y ordena que acudan a este lugar los jurados del término a cumplir con la obligación de asesorarle en la corte.

     Una vez instalada la corte de justicia en Benissa y teniendo en acudir allí los funcionarios municipales y también cualquier persona que tenga problemas administrativos, da la impresión de que Benissa pasa a convertirse en el centro o capital del "termino del castillo de Calpe". Allí se realizarán las subastas, las compras y las ventas, se solucionarán los problemas de rentas, etc... Podría pensarse que la evolución lógica de la situación sería que el "termino del Castillo" se convirtiera en el "termino de Benissa", pero Teulada-Moraira y Calpe también crecieron y en estos momentos parece que no les interesa demasiado el mundo administrativo, ya que aceptan por las buenas la disposición del Justicia del término. Sus miras se centran en otro asunto. Tanto los monarcas como los señores, en la mayoría de los casos, a la hora de cobrar los impuestos y rentas optaban por el sistema más rápido, aunque suponía siempre una pérdida de capital; éste consistía en el arrendamiento de los tributos a percibir. Una persona, el arrendador, adelantaba la cantidad calculada y se encargaba después de su cobro. Así los derechos señoriales del tercio diezmo, las salinas, etc.. son arrendados por vecinos de Calpe y de Teulada-Moraira en la mayoría de los casos. Por estos años el molino y mercado de Calpe también sufren mejoras.

     A pesar de ello, los roces entre los tres pueblos eran continuos, así como la falta de acuerdo en las obligaciones comunes, como es el caso de la vigilancia de la costa, que la división y posteriores reglamentaciones señoriales no acabaron de solucionar.

      Los problemas parece que llegan a su punto álgido en el año 1.377 entre Benissa y Teulada-Moraira. Era necesaria una solución definitiva y esta se toma por una vía un tanto indirecta. El 7 de Abril comparecen ante el conde, Arnau Ivars y Bernat Feliu, como representantes de la comunidad de Benissa por una parte, y Ferrer Banyuls y Jaume Ivas por la universidad de Teulada-Moraira, solicitando al señor que decida sobre el asunto que les enfrenta.

     Los de Teulada-Moraira desean construir una iglesia y para ello cuentan con el permiso del obispo de Valencia. Como estos habían colaborado en jornales y en dinero a la construcción de San Pere de Benissa, consideran que es oblicación de sus vecinos el colaborar en la misma forma, cosa con la que los de Benissa parece que no están muy de acuerdo. Dono Alfonso, tras escuchar a las dos partes, se inclina a favor de los de Benissa, ya que considera que estos no tienen la obligación de colaborar en la construcción de la iglesia de Teulada-Moraira. 

     Junto al asunto mencionado, Teulada puso sobre el tapete uno mucho más importante al solicitar tener justicia, jurados y demás oficiales municipales propios, de forma que estos ejerzan su propia jurisdicción, evitando la intromisión de los oficiales de Benissa, aduciendo que ello sería la mejor manera de evitar los numerosos gastos ocasionados por los pleitos mantenidos entre los dos lugares. Por su parte los representantes de Benissa parece que están de acuerdo con la petición.

     Si la respuesta del Conde fue negativa en el asunto de la iglesia, a esta petición responde afirmativamente.

     Añadiendo que si el señor o su procurador considera necesario convocar consejo de todo el término, tienen la obligación de acudir todos a dicho parlamento que se realizará en Benissa.

     El documento comentado nos informa que el año 1.377, Benissa, aparte de ser la sede oficial del gobierno de todo el término, cuenta con su propio Consejo, o sea, con un gobierno municipal propio, cuyo funcionamiento deberán seguir las nuevas autoridades de Teulada-Moraira.

     En Calp se dio un proceso semejante. No podemos dar la fecha con exactitud del momento en que consiguen del poder señorial su propio Consejo o municipio, pero es perfectamente lógico, que bien antes, después, o al mismo tiempo que Teulada-Moraira, y por la misma vía lo lograrán.

     Pocos años después, concretamente a partir de 1.382, aparece documentada la existencia de los jurados del lugar de Calp, lo que implica la presencia de un gobierno municipal autónomo. Ese mismo año, Pere March, procurador señorial, ha de acudir a Benissa a tratar de solucionar por enésima ver el perpetuo problema de las guaitas marítimas. Allí se afirma  que los habitantes del "termino" han de ocuparse de la vigilancia de la costa comprendida entre el puerto de Altea y Moraira. Antes de tomar ninguna decisión, el representante señorial recaba información de los justicias, jurados, etc de todo el "termino", es decir de Calpe, Benissa y Teulada-Moraira, ya que la decisión a tomar afectará a todo el "termino". Finalmente se optará por mantener las obligaciones que eran costumbre desde tiempos pasados, encargándose cada pueblo de una zona concreta de la costa, que coincide, más o menos, con los actuales límites costeros de cada municipio.

     Estamos ante una nueva situación. En el "término del Castillo de Calpe" han surgido tres municipios, Benissa, Calpe y Teulada-Moraira, con un término municipal indiviso y por lo tanto común a los tres. Esta situación era imposible de sostener por mucho tiempo. Era necesario un reparto del territorio y este se realiza el año 1.386, entre los días 7 y 16 de Febrero.
 

Escudo de Teulada-Moraira en el año 1.386

     La partición de los pueblos ha llegado a nosotros a través de copias.  Los originales, ya que cada pueblo conservó un documento, han desaparecido junto con los archivos históricos de cada uno de ellos. Gracias a que esta división se registró en la Corte de Justicia Civil de Valencia, hemos tenido conocimiento de los hechos.

     En el año 1.563 y debido al mal estado en que se encuentra el pergamino en poder de Benissa, la universidad del lugar solicita que se haga una copia del documento. El notario encargado de hacerla duda, ya que el original se encuentra con abundantes agujeros, que impiden la lectura de algunos trozos. Se acude al Justicia Civil y éste ordena que se haga la copia, dejando en blanco las zonas donde el deterioro impida su lectura y que el notario, cuando proceda a la validación del nuevo documento, los señale, ordenando que la copia sea registrada en los libros de su corte.

     Ante nosotros tenemos una de las copias, en la que vemos que este último episodio se inicia con antelación a las fechas señaladas por el documento. El 7 de Febrero de 1.386 ante don Alfonso, conde de Denia, los representantes de calpinos y teuladinos, Nicolás Cabrera y Pascual Banyuls respectivamente, entregan una carta en la que se hace referencia a una petición anterior, realizada por los habitantes de los tres pueblos conjuntamente, en la que solicitan que dichos lugares pertenecientes al "término del castillo de Calpe" sean separados unos de otros.

     Nicolás Cabrera y Pascual Banyuls piden al señor que nombre un representante, bien en la persona de Pere March, su procurador general, conocido de todos y padre del poeta Ausias March, o bien a cualquier otra persona, para que proceda en su nombre a partir y señalar los mojones de los nuevos territorios.

     Don Alfonso, considerando razonable la solicitud, ya que todos piensan que con la división se solucionarán muchos de los problemas surgidos entre las tres comunidades, ordena a Pere March, su procurador general en todos sus dominios valencianos, que en cuanto pueda se persone en la zona y con plena libertad y ante los dirigentes de las tres comunidades, dé a cada una de ellas un territorio.

     Solucionados los preliminares, el día 15 de febrero, Pere March, en compañia del notario Francesc Fiscal, del representante de Benissa Arnau Ivars y el de Teulada Bernat Cortés, y sobre el terreno, procedió a separar los territorios de ambos, actuando como testigo del acto Domingo Jorro y Domingo Cabrera.

     Posteriormente, el 16 de Febrero del mismo mes y año, Pere March y Guillem Buigues, de Benissa, con el visto bueno de los calpinos procedió a la división entre Calpe y Benissa, ante la presencia del notario citado anteriormente y de los mismos testigos.

 

      Una vez realizada la separación sobre el terreno, se procedió a la redacción del documento, testimonio del acto, ante la presencia del Consell de Benissa y los representantes del término del castillo de Calpe, todos ellos reunidos en la Iglesia de Benissa.

     El "termino del Castillo de Calpe" de origen musulmán y en función de las necesidades de un momento histórico determinado, había perdido su razón de ser.

     Desde antes de la división definitiva, la defensa de la costa y demás obligaciones administrativas y militares eran organizadas por los tres centros de población más importantes, que extendían su tutela sobre las alquerías más cercanas, que a partir de 1.386 formarán parte de uno de los tres términos municipales. A principios del siglo XV, el "termino" contaba con las poblaciones de Calp, Benissa y Teulada-Moraira, junto con las alquerias de Benimaraig, Lleus, Albinyent, Senija, Canor, Benimanyull, todas ellas con población musulmana, mientras que en los pueblos el dominio de los cristianos era total. De hecho, antes de finalizar el siglo XIV, Benissa y Teulada ya no tienen dentro de sus muros población islamita, mientras que Calpe contaba con un raval o morería.

     La administración señorial se había fundado en la organización musulmana del "termino de Calpe", es decir, un solo municipio que contaba con diversos núcleos de población de la misma categoría. La nueva situación creada a partir de 1.386 podía ocasionar numerosos problemas a los funcionarios condales en lo que respecta a la jurisdicción y al cobro de derechos e impuestos.

     Para evitar problemas, la administración condal mantuvo la figura del baile del "termino del castillo". Este era el principal funcionario señorial, encargado del cuidad y gobierno de los bienes condales, por tanto, era el representante permanente en el "término" de don Alfonso o de su procurador; como tal era el encargado de entregar los impuestos cobrados de forma conjunta.

     Pere March no olvidó los posibles problemas que podían derivar de la nueva situación, y en el mismo documento de partición dicta algunas normas a seguir.

     La peita era el principal impuesto, al menos el más abundante. Recaía sobre los bienes inmuebles, y por lo tanto su reparto no debía ocasionar grandes problemas. El "término" pagaba conjuntamente la suma de 1.500 sueldos. A partir de 1.386 cada municipio pagará según el valor de sus términos. 

     La partición territorial no alteraba al valor catastral, pero se producía una situación nueva para los habitantes de dichos lugares. Podía ocurrir que un vecino de uno de ellos tuviera sus tierras en el término municipal distinto al suyo, presentándose la duda de donde debía pagar la peita. El procurador estable que la peita se pagará en el municipio donde se tengan las posesiones inmuebles, se viva o no en él.

     El mismo problema presentaban los 1.000 sueldos anuales que pagaban de una censal (título de deuda, garantizado por hipoteca con pacto de retro, que supone para el acreedor el derecho al cobro de una renta fija hasta la devolución del capital). Las cantidades serán repartidas de igual forma que la peita, obligando por igual a los forasteros, vecinos y poseedores de bienes de cada lugar. Los jurados serán los encargados de su cobro, y en las fechas fijadas para el pago harán entrega de las cantidades "al baile" del término municipal.

     Todo poseedor de bienes en uno de los municipios, aunque no resida en él, tendrá que contribuir a los gastos comunes ocasionados por el pago de los salarios a justicia, jurados, etc.. Asimismo, los gastos imprevistos y no detallados serán reglamentados por el Consell de cada lugar antes de determinar las cantidades a pagar.

     La partición del territorio supuso la solución para una serie de problemas y la agilización de otros, ya que se trataba de una descentralización del gobierno comunal. Pero algunos asuntos motivo de roces anteriores continuaron. Los ganados y el uso de los pastos comunitarios fueron causa de numerosos pleitos mantenidos entre las nuevas comunidades durante siglos. Igualmente, las ya tantas veces mencionada defensa de la costa, muy reglamentada desde antiguo, fue motivo de continuas intervenciones señoriales ante la falta de acuerdo en lo que respecta a las cargas de cada pueblo.

     La división administrativa supuso la creación de un nuevo problema, tal vez el más espectacular, por la cantidad de tinta vertida y por su inutilidad surge la disputa entre Calpe y Benissa sobre a cual de los dos correspondía la capitalidad.

     A pesar de todo ello nunca se puso en entredicho la división llevada a cabo por Pere March, ni nunca causó ningún tipo de problemas o pleitos, como ocurrió en otros lugares, donde los límites territoriales fueron causa de largos contenciosos e incluso de enfrentamientos armados.

     Lo que no podemos ocultar es que las tres comunidades ligadas entre sí por vínculos señoriales y por diversas clausulas finales de la partición, tuvieron que compartir un mismo devenir histórico. La vida real movida por intereses conllevó a disputas y pleitos que esperamos poder dar a luz en breve. Con todo, y a pesar de las desavenencias domésticas entré los tres municipios, hemos de reconocer que el fondo del documento de 1.386, es decir los límites de cada término, no motivaron nunca enfrentamiento alguno. Por tanto concluimos en palabras del Conseller de Cultura, que la división de Pere March fue una obra bien hecha y por ello duradera. El tiempo lo ha demostrado.

 

 

 

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